
· BUFETE JURÍDICO · COLOMBIA
Abogados de Derecho Laboral en Colombia.
ANUBI Recupera lo Que Su Empresa le Debe.
Si está en esta página probablemente acaba de pasarle algo en el trabajo y siente que la empresa abusó. Lo despidieron sin que se viera venir. Le pagaron una liquidación que le pareció baja. Estaba incapacitado o embarazada y lo despidieron igual. O su jefe lleva meses haciéndole la vida imposible para que renuncie por su cuenta.
Lo primero que tiene que saber: probablemente tenga más derechos de los que cree, y hay un plazo legal de 3 años para reclamarlos.
Lo segundo: en ANUBI trabajamos casos laborales con cuota litis para la mayoría de procesos. Eso significa que usted no paga honorarios por adelantado solo paga si recuperamos su dinero. Si no recuperamos nada, no nos paga.
CASOS QUE LLEVAMOS
Si su situación coincide con alguna de estas, escríbanos hoy:
- Despido sin justa causa o liquidación mal calculada
- Despido durante incapacidad, embarazo o lactancia
- Acoso laboral o presión para renunciar
- Prestaciones, primas o cesantías no pagadas
- Contrato de prestación de servicios encubierto
- Horas extras o recargos sin liquidar
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4.8 / 58 reseñas
En Google Business
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Menos de 1 hora
Tiempo de respuesta
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Cuota litis
Sin recuperar, no paga
· PLAZO LEGAL VIGENTE
Si su empresa lo despidió mal, hay tres años para reclamar lo suyo
No importa si pasaron 3 semanas o 2 años desde que lo despidieron mientras no hayan pasado 3 años completos desde la fecha del despido, todavía está dentro del plazo legal para reclamar.
Eso aplica para casi todos los casos laborales: indemnización por despido sin justa causa, prestaciones sociales no pagadas, reintegro por fuero, reconocimiento de contrato realidad, sanciones moratorias. Algunos casos específicos tienen plazos más cortos (como reintegro por fuero sindical: 2 meses) por eso vale la pena consultar lo antes posible.
Cuéntenos su caso por WhatsApp. La primera valoración no tiene costo y le decimos en una conversación si vale la pena llevar su caso o no.
3 Años
Plazo general de prescripción laboral
Contado desde la exigibilidad del derecho. Después de ese plazo, los derechos no reclamados prescriben y se pierden para siempre. Por eso la regla es: cuanto antes consulte, más recupera.
ESCRIBIR AHORA POR WHATSAPP →SUB-SERVICIOS DEL ÁREA LABORAL
Casos de Derecho Laboral en Colombia que llevamos en ANUBI
Estos son los seis tipos de casos laborales que más atendemos. Si su situación se parece a alguno, escríbanos; la mayoría de trabajadores que llegan acá no sabían que tenían derecho a más de lo que la empresa les pagó.
💼
Despido sin justa causa: la indemnización que la empresa le debe
En Colombia su empleador puede despedirlo cuando quiera, pero si no tiene una causal justa probada, tiene que pagarle una indemnización. Es lo que dice el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.
¿Cuándo el despido es “sin justa causa”? En la mayoría de los casos. Si la carta de despido dice frases vagas como “terminación unilateral”, “necesidades del servicio” o “reestructuración”, eso es despido sin justa causa y tiene derecho a indemnización.
→ Indefinido salario <10 SMMLV: 30 días el primer año + 20 por cada año adicional
→ Indefinido salario >10 SMMLV: 20 días el primer año + 15 por cada año adicional
→ Término fijo: salarios faltantes hasta el final del plazo
→ Obra o labor: salarios faltantes hasta terminar la obra (mínimo 15 días)
Conocer más sobre despido →
🧮
Calculadora de liquidación Laboral
Antes de tomar cualquier decisión, calcule cuánto debió haber salido la liquidación correcta y compárelo con lo que la empresa le pagó. Esa diferencia es lo que puede reclamar.
Nuestra calculadora le pide solo 4 datos: salario, fecha de ingreso, fecha de despido y tipo de contrato. En segundos le muestra cuánto debió recibir.
→ Sin registro, sin correo, sin teléfono
→ Resultado en segundos
→ Cálculo según artículo 64 del CST
→ Incluye prestaciones sociales pendientes
🛡️
Estabilidad laboral reforzada: si lo despidieron estando protegido
Hay cuatro grupos de trabajadores a los que la ley protege con un blindaje especial. Su empleador no puede despedirlo sin autorización previa del Ministerio del Trabajo.
→ Trabajadores con enfermedad o discapacidad (fuero de salud)
→ Mujeres en embarazo o lactancia, hasta 6 meses post-parto
→ Prepensionados — 3 años antes de pensionarse
→ Aforados sindicales — directivos y delegados
Si lo despidieron sin esa autorización, tiene derecho a reintegro + salarios dejados de percibir + aportes a seguridad social retroactivos + indemnización adicional (180 días de salario en caso de fuero de maternidad).
Conocer más sobre fuero →
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Acoso laboral: cómo denunciar bajo la Ley 1010 de 2006
El acoso laboral en Colombia no es “tener un jefe pesado”. Es una conducta reiterada y persistente que busca intimidar, degradar, infundir miedo o forzar la renuncia. La Ley 1010 reconoce 6 modalidades:
→ Maltrato: insultos, gritos, humillaciones públicas
→ Persecución: vigilancia excesiva, sanciones sin causa
→ Discriminación: trato diferencial por género, edad, salud, opinión
→ Entorpecimiento, inequidad y desprotección
Si el acoso lo llevó a renunciar, eso se llama despido indirecto — y tiene derecho a indemnización como si lo hubieran despedido sin justa causa.
Conocer más sobre acoso →
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Reclamación de prestaciones sociales y salarios no pagados
Su empresa está obligada por ley a pagar estos conceptos durante toda la relación laboral y al momento de la liquidación. Si no lo hizo, puede reclamarlo:
→ Cesantías + intereses (12% anual sobre cesantías)
→ Prima de servicios (15 días junio + 15 días diciembre)
→ Vacaciones (15 días hábiles por año)
→ Recargos nocturnos, dominicales, festivos y horas extras
→ Aportes a seguridad social (EPS, AFP, ARL)
Si la empresa demoró el pago, aplica sanción moratoria: un día de salario por cada día de retraso, hasta 24 meses. Una empresa con 8 meses de atraso termina debiendo casi un año adicional de salarios.
Conocer más →
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Contrato realidad: cuando le decían “prestación de servicios” pero era empleado
Uno de los abusos más comunes en Colombia: empresas que contratan por prestación de servicios para no pagar prestaciones, cuando en realidad la relación es laboral.
La ley protege esto con la primacía de la realidad sobre las formas. Si en su contrato había estos tres elementos, legalmente era empleado:
→ Prestación personal del servicio (no podía mandar a otro)
→ Subordinación (horario fijo, órdenes, lugar definido)
→ Remuneración a cambio del trabajo
Puede recuperar todas las prestaciones no pagadas + aportes a seguridad social + indemnización + sanción moratoria. Trabajamos estos casos a cuota litis.
Conocer más →
· ESPECIALIZACIÓN REAL VS GENERALISTA
¿Por qué elegir un abogado especializado en derecho laboral?
Mucha gente cree que cualquier abogado puede manejar un despido, una liquidación o una demanda laboral. En la práctica, un error en derecho laboral puede costarle meses de salario, indemnizaciones o incluso la pérdida total de una reclamación legítima.
Los procesos laborales tienen procedimientos específicos, términos de reclamación y reglas probatorias propias. Un trabajador que firma una liquidación sin asesoría puede renunciar a derechos importantes. Un empleador que despide sin seguir el procedimiento correcto puede enfrentar indemnizaciones elevadas y sanciones adicionales. En laboral, cada documento y cada actuación tienen consecuencias.
Un abogado generalista que hoy atiende un divorcio, mañana una sucesión y pasado mañana un caso laboral difícilmente conoce a profundidad la dinámica de los juzgados laborales, la jurisprudencia reciente y las estrategias que realmente protegen los intereses de trabajadores y empleadores. Un abogado experto en derecho laboral sí.
En ANUBI el área laboral es atendida por un abogado dedicado, que conoce los procesos por despido injustificado, reclamación de prestaciones sociales, accidentes laborales, pensiones, estabilidad laboral reforzada y conflictos entre empleadores y trabajadores. Eso es lo que significa “abogado especializado en derecho laboral”: no es solo conocimiento jurídico, es experiencia aplicada para defender sus derechos y reducir riesgos desde el primer paso.
NUESTRO ESPECIALISTA
Quién lleva su caso de derecho laboral

Abogado en Derecho Laboral y Seguridad Social
Julian Andrés Vargas Ochoa
Julian lidera el área laboral del bufete. Se ha especializado en defender trabajadores que enfrentan despidos sin justa causa, vulneración de estabilidad laboral reforzada (por salud, embarazo o discapacidad) y casos de acoso laboral bajo la Ley 1010. También representa empresas en procesos donde el riesgo reputacional es alto y la solución requiere precisión jurídica.
Su enfoque es claro: en derecho laboral cada día cuenta. Los plazos de prescripción son cortos, y un error en la primera audiencia puede definir el resultado del proceso. Por eso trabaja con honorarios a cuota litis en la mayoría de casos laborales — el trabajador no asume costos hasta que se recupere su dinero.
CONTACTAR AL DR. JULIAN POR WHATSAPP →· TARIFAS CLARAS DESDE EL PRIMER MENSAJE
Cuánto cuesta contratar un abogado
laboral en ANUBI
Esta es la pregunta que más nos hacen y entendemos por qué el miedo principal de quien viene de un despido es que el abogado le cobre tanto que al final le quede menos que si hubiera aceptado la liquidación mal pagada. Le explicamos exactamente cómo cobramos.
MÁS USADO
MODELO 1
Cuota litis
Para la mayoría de casos laborales
🗹 Cero pesos de honorarios por adelantado
🗹 Solo asume costos procesales: $100.000 a $300.000 según el caso, pactados por escrito antes
🗹 Cuando recuperamos su dinero: 20% al 30% sobre lo recuperado, según la complejidad
🗹 El porcentaje queda firmado por escrito antes de empezar
🗹 Si no recuperamos nada, usted no nos paga honorarios solo los costos procesales ya asumidos
MÁS USADO
MODELO 2
Honorarios fijos
Para servicios puntuales
🗹 Tarifa cerrada desde la primera reunión, sin sorpresas
🗹 Revisión completa de liquidación con concepto escrito: desde $350.000
🗹 Derecho de petición a empresa o EPS: desde $200.000
🗹 Acompañamiento a audiencia de conciliación: desde $500.000
🗹 Pago contra entrega del producto
Lo que sí prometemos siempre: decirle honestamente si su caso vale la pena llevar o no. Si vemos que la empresa no tiene cómo pagar, que el plazo ya prescribió, o que las pruebas no alcanzan, se lo decimos en la primera reunión y le ahorramos tiempo y dinero. No aceptamos casos imposibles para cobrar honorarios sin sentido.
· ASI TRABAJAMOS
Cómo trabaja ANUBI su caso laboral paso a paso
Para muchos trabajadores esta es la primera vez que contratan un abogado y se preguntan qué sigue después de escribir el primer mensaje. Le explicamos el proceso completo.
1
Cuéntenos su caso
WhatsApp al 321 955 0885 o llamada. Respuesta en menos de 1 hora hábil. Envíenos contrato, carta de despido, liquidación, mensajes con su jefe.
2
Valoración sin costo
Revisamos sus documentos. Le decimos con números concretos cuánto debió recibir, qué puede recuperar y cuánto cuesta. Sin compromiso.
3
Firma de poder
Si decide seguir, contrato con porcentaje pactado por escrito + poder de representación. Intentamos primero conciliación previa ante el Ministerio.
4
Demanda y audiencias
Si conciliación falla, radicamos demanda en juzgado laboral. Asistimos audiencias, presentamos pruebas y recursos. Usted recibe avances por WhatsApp.
5
Cobro y entrega
Sentencia favorable → cobro ejecutivo con embargo si es necesario. El dinero llega a su cuenta. Descontamos el porcentaje pactado y le entregamos expediente completo.
RESULTADOS VERIFICABLES
Qué ha logrado ANUBI para trabajadores en Sogamoso y Boyacá
Casos reales del último año (sin nombres por confidencialidad). Si su situación se parece a alguno, probablemente pueda recuperar montos similares.
⭐⭐⭐⭐⭐
4.8 estrellas · verificadas en Google Business · clientes reales que cerraron su caso con nosotros.
· COBERTURA NACIONAL
Atendemos derecho laboral en toda Colombia
Tenemos sede física en el centro de Sogamoso, Boyacá. Desde ahí llevamos casos laborales en juzgados de todo el país. La justicia laboral colombiana no exige que el abogado viva en la misma ciudad del juzgado los procesos se radican electrónicamente y las audiencias son híbridas o virtuales.
Para clientes fuera de Boyacá, la atención es 100% virtual: WhatsApp diario, videollamadas para reuniones, poderes autenticados por correo. Usted no se desplaza nosotros nos encargamos.
📍Sogamoso
📍Toda Colombia
📍Dirección
Calle 14 #11-18, Oficina 204 · Sogamoso, Boyacá
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📞Teléfono · WhatsApp
321 955 0885
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🕛Horario
Lun a Vie: 8:00 a.m. – 5:00 p.m.
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· ACTUALIZACIÓN LEGISLATIVA
Reforma Laboral Colombia 2025-2026: qué cambió
Si su empresa todavía aplica la jornada laboral antigua, los recargos viejos o no reconoce los nuevos derechos del contrato de aprendizaje, le está pagando menos de lo que la ley exige.
Si está trabajando bajo las reglas viejas, calcule la diferencia y reclámela. Tiene 3 años desde el momento en que se hizo exigible cada concepto.
| CONCEPTO | ANTES | AHORA 2025 – 2026 |
|---|---|---|
| Jornada semanal | 42 horas (julio 2026) | |
| Recargo dominical | 80% (2025) · 100% (2027) | |
| Horario nocturno | Con recargos progresivos | |
| Contrato aprendizaje | Laboral pleno (Ley 2466/2025) | |
| Término fijo | Máximo 4 años |
· NUESTRO BLOG
Conozca sus derechos laborales
Despidos, liquidaciones, fueros y reformas explicados claro. Antes de firmar o aceptar lo que le ofrece la empresa, lea esto.
- Cómo pedir liquidación por despido: fórmula exacta + qué hacer si te pagaron mal
Te entregaron carta de despido hace una semana. Volviste a casa, revisaste los números que te pagaron … Leer más
PREGUNTAS FRECUENTES
Lo que más quieren saber sobre derecho laboral en Colombia
Las dudas más comunes que recibimos por WhatsApp y en oficina, con respuestas claras. Si la suya no está aquí, escríbanos.
El plazo general es 3 años desde la exigibilidad del derecho. Si su empresa no le pagó la prima de junio de 2023, usted tiene hasta junio de 2026 para reclamarla. Si lo despidieron sin justa causa el 1 de marzo de 2024, tiene hasta el 1 de marzo de 2027.
Hay excepciones: el reintegro por fuero sindical prescribe en 2 meses, y algunas acciones tienen plazos cortos. Por eso, mientras antes consulte, mejor un mes que se atrasa puede ser un mes menos para recuperar lo suyo.
Sí. La firma de la liquidación no impide reclamar lo que la empresa no pagó. La Corte Suprema de Justicia ha dicho clarísimo que un trabajador puede firmar la liquidación creyendo de buena fe que es correcta, y después demandar las diferencias.
Lo que sí no se puede demandar son las llamadas transacciones laborales formales —documentos donde uno renuncia expresamente a derechos a cambio de un pago—, pero esos requieren formalidades estrictas. Si solo firmó “paz y salvo” o el recibo normal, puede demandar tranquilamente.
En ANUBI manejamos dos modelos. Para la mayoría de casos (despido, fuero, contrato realidad, reclamación de prestaciones) trabajamos con cuota litis: usted no paga honorarios por adelantado, solo costos procesales (entre $100.000 y $300.000). Cuando recuperamos su dinero, cobramos entre 20% y 30% sobre lo recuperado, pactado por escrito antes.
Para servicios puntuales (revisión de liquidación, derechos de petición, asesoría con concepto escrito), honorarios fijos desde $200.000. En ningún caso le decimos un precio por encima — todo queda firmado antes.
Es una preocupación común pero infundada. No es legal hacer listas negras de demandantes y rara vez ocurre. Las empresas no comparten esa información — cada una hace sus propios procesos de selección. Las referencias laborales se piden a sus jefes directos anteriores, no al departamento de RRHH de la empresa que demandó.
Además, cuando termina el proceso usted recibe sentencia judicial — eso le da derecho a certificarse como empleado de esa empresa por el tiempo que trabajó, sin que conste el conflicto. En años atendiendo casos laborales en Boyacá no hemos visto a un solo cliente quedarse sin trabajo por haber demandado.
Le doy números reales, no promesas comerciales:
- Conciliación previa ante Ministerio del Trabajo: 1 a 2 meses.
- Demanda en juzgado laboral primera instancia: 8 a 18 meses.
- Apelación en tribunal superior: 6 a 12 meses adicionales.
La mayoría se cierra en primera instancia, así que el rango realista es 10-20 meses desde la radicación. Si alguien le promete demanda laboral en 2-3 meses, le está mintiendo.
Solo con autorización previa del Ministerio del Trabajo. Si lo hace sin esa autorización, el despido es ineficaz “no produce efecto” y usted tiene derecho a:
- Reintegro al mismo cargo o uno equivalente
- Pago de todos los salarios dejados de percibir
- Aportes a seguridad social retroactivos
- En fuero de maternidad: indemnización adicional de 180 días de salario
Este es uno de los casos donde la ley está clarísimamente de su lado.
Los créditos laborales tienen prelación legal: se pagan primero que cualquier otra deuda de la empresa, incluso antes que créditos bancarios o tributarios (con algunas excepciones técnicas).
Si la empresa está en insolvencia o liquidación, hay que radicar el crédito ante el juez del concurso para entrar en la fila preferente. Si la empresa simplemente cerró sin proceso formal, se puede demandar a los socios solidariamente cuando aplique.
Sí. La Ley 1010 de 2006 protege al trabajador frente a cualquier acosador, incluido el empleador directo. Si no hay comité de convivencia interno —o si lo hay pero no actúa porque los miembros son afines al acosador—, la denuncia se hace directamente ante el Ministerio del Trabajo o se demanda ante juez laboral.
Si el acoso lo forzó a renunciar, eso se llama despido indirecto y tiene derecho a la misma indemnización que si lo hubieran despedido sin justa causa. Las pruebas son la clave: documente todo desde ya — mensajes, audios, testigos, correos.
CONTACTO
Hable hoy con un abogado laboral de ANUBI
✘ No espere a que pasen los 3 años de prescripción
✘ No firme nada de la empresa sin que lo revise un abogado
✘ No acepte que le digan “esto es lo que hay” si la ley dice otra cosa