Cómo Crear una SAS en Colombia en 2026: Guía Paso a Paso

Para crear una SAS en Colombia debes definir quiénes serán los accionistas, verificar el nombre de la empresa, seleccionar las actividades económicas, estructurar el capital, preparar los estatutos y registrar la sociedad ante la Cámara de Comercio correspondiente.

La Sociedad por Acciones Simplificada puede ser constituida por una o varias personas naturales o jurídicas. Una vez inscrita en el Registro Mercantil, se convierte en una persona jurídica distinta de sus accionistas, quienes, como regla general, responden hasta el monto de sus aportes.

La facilidad del trámite no significa que todas las SAS deban estructurarse de la misma manera. Antes de registrarla conviene definir correctamente la participación de cada accionista, las facultades del representante legal, las reglas para tomar decisiones, la entrada o salida de socios y la forma en que se resolverán posibles desacuerdos.

En esta guía explicamos cómo crear una SAS en Colombia paso a paso, qué requisitos debes cumplir, cómo estructurar el capital y los estatutos, qué decisiones deben tomar los accionistas y qué obligaciones aparecen después de la inscripción.

Cómo crear una SAS en Colombia: resumen rápido

El proceso general comprende los siguientes pasos:

  1. Definir los accionistas y su participación.
  2. Consultar la disponibilidad del nombre.
  3. Seleccionar las actividades económicas y códigos CIIU.
  4. Definir el capital autorizado, suscrito y pagado.
  5. Preparar el documento de constitución y los estatutos.
  6. Definir si se necesita un acuerdo entre accionistas.
  7. Reunir los documentos requeridos.
  8. Elegir la modalidad de constitución.
  9. Firmar y formalizar los documentos.
  10. Presentar el trámite ante la Cámara de Comercio.
  11. Pagar los derechos e impuestos aplicables.
  12. Obtener el certificado de existencia y representación legal.
  13. Verificar el RUT y el NIT.
  14. Organizar el manejo financiero y bancario de la empresa.
  15. Cumplir las obligaciones posteriores a la constitución.

Registrar la empresa es solo una parte del proceso. Las decisiones que se tomen antes del registro pueden determinar cómo funcionará la sociedad cuando entren nuevos inversionistas, existan desacuerdos entre accionistas o sea necesario modificar la administración.

¿Vas a crear la empresa con otros accionistas o necesitas estatutos diferentes a un modelo estándar? Conviene revisar la estructura antes de presentar el registro.

REVISAR LA ESTRUCTURA DE MI SAS

¿Qué es una SAS en Colombia?

La Sociedad por Acciones Simplificada, conocida como SAS, es un tipo de sociedad comercial regulado principalmente por la Ley 1258 de 2008.

Puede ser constituida mediante contrato cuando participan varios accionistas o mediante acto unilateral cuando existe un único accionista.

Entre sus principales características se encuentran:

  • Puede tener uno o varios accionistas.
  • Los accionistas pueden ser personas naturales o jurídicas.
  • La responsabilidad se limita, como regla general, al monto de los aportes.
  • Generalmente puede constituirse mediante documento privado.
  • No existe un capital mínimo general establecido por la Ley 1258.
  • Puede establecer una duración indefinida.
  • Permite estructurar un objeto social amplio.
  • No exige junta directiva, salvo que los estatutos decidan crearla.
  • Debe contar con representación legal.
  • Permite establecer reglas propias de administración y toma de decisiones.
  • El capital suscrito puede pagarse dentro del plazo establecido en los estatutos, sin exceder el término previsto por la ley.

La SAS adquiere personalidad jurídica después de su inscripción en el Registro Mercantil.

Esto significa que, desde ese momento, la sociedad existe jurídicamente de manera independiente de sus accionistas.

Requisitos para crear una SAS en Colombia

Antes de iniciar el trámite conviene tener definida, como mínimo, la siguiente información:

  • Nombre de la sociedad.
  • Identificación y domicilio de los accionistas.
  • Domicilio principal de la empresa.
  • Actividades económicas.
  • Código o códigos CIIU.
  • Duración de la sociedad.
  • Capital autorizado.
  • Capital suscrito.
  • Capital pagado.
  • Número y valor nominal de las acciones.
  • Participación de cada accionista.
  • Forma de administración.
  • Identidad del representante legal.
  • Facultades del representante legal.
  • Reglas para reuniones y decisiones.
  • Dirección, teléfono y correo de la sociedad.
  • Información tributaria necesaria para el registro.
  • Información del establecimiento de comercio, cuando también vaya a registrarse.

También deben estar disponibles los documentos de identidad y las aceptaciones correspondientes de las personas que sean designadas en cargos dentro de la sociedad.

Cuando alguno de los aportes consiste en un bien cuya transferencia exige escritura pública, como puede suceder con determinados inmuebles, deben revisarse las formalidades adicionales necesarias para realizar correctamente la constitución y la transferencia del activo.

Cómo crear una SAS en Colombia paso a paso

Paso 1. Define quiénes serán los accionistas

Una SAS puede ser creada por una sola persona o por varios accionistas.

Cuando participan varias personas, antes de registrar la empresa deben conversar sobre aspectos que van mucho más allá del porcentaje de acciones.

Conviene definir:

  • Quién participará en la sociedad.
  • Qué aportará cada persona.
  • Qué porcentaje tendrá cada accionista.
  • Quién trabajará activamente en la empresa.
  • Quién aportará únicamente capital.
  • Quién administrará.
  • Cómo se distribuirán las utilidades.
  • Cómo se tomarán las decisiones.
  • Qué ocurrirá si alguien quiere retirarse.
  • Qué pasará si un accionista incumple sus compromisos.
  • Cómo podría ingresar un nuevo inversionista.

Tener el mismo porcentaje de acciones no significa necesariamente que todos deban desarrollar las mismas funciones.

La propiedad de las acciones, el trabajo dentro de la empresa y la administración son aspectos jurídicamente diferentes.

Una persona puede ser accionista sin trabajar en la empresa y el representante legal puede ser accionista o una persona diferente.

Paso 2. Consulta la disponibilidad del nombre

Antes de registrar la SAS debes consultar si existen empresas o establecimientos registrados con un nombre igual o que pueda generar problemas de homonimia.

La consulta puede realizarse a través del Registro Único Empresarial y Social, RUES.

Conviene revisar:

  • El nombre completo.
  • Singular y plural.
  • Palabras unidas y separadas.
  • Variaciones ortográficas.
  • Siglas.
  • Nombres similares.

La consulta de homonimia no equivale al registro de una marca.

El nombre de la empresa no es lo mismo que una marca

Registrar una razón social ante la Cámara de Comercio no significa que automáticamente tengas derechos exclusivos sobre ese nombre como marca.

Son trámites diferentes.

Una sociedad podría registrarse en Cámara de Comercio y posteriormente encontrar obstáculos para registrar o utilizar comercialmente el mismo nombre porque otra persona tiene derechos marcarios anteriores.

Antes de invertir en logotipo, dominio, empaques, publicidad o posicionamiento comercial, revisa cómo saber si una marca ya existe.

Paso 3. Selecciona las actividades económicas y los códigos CIIU

El código CIIU identifica las actividades económicas desarrolladas por la sociedad.

Normalmente debes definir:

  • Una actividad principal.
  • Las actividades secundarias necesarias.
  • Actividades que realmente correspondan con el modelo de negocio.

No conviene seleccionar códigos de manera indiscriminada.

Las actividades registradas pueden relacionarse con obligaciones tributarias, permisos, registros sectoriales, industria y comercio, facturación y otras obligaciones de la empresa.

Antes de registrar la sociedad conviene revisar que el CIIU coincida con lo que realmente hará el negocio.

Paso 4. Define el capital autorizado, suscrito y pagado

Uno de los errores más frecuentes al crear una SAS es utilizar cifras para los tres conceptos sin entender su función.

Capital autorizado

Es el límite de capital previsto en los estatutos dentro del cual la sociedad puede estructurar la emisión de sus acciones.

Si posteriormente se necesita superar ese límite, puede ser necesario realizar una reforma estatutaria.

Capital suscrito

Corresponde a los aportes que los accionistas se comprometen a realizar.

Este capital está directamente relacionado con las acciones que cada accionista suscribe y su participación en la sociedad.

Capital pagado

Es la parte del capital suscrito que efectivamente ha sido entregada a la sociedad.

El capital suscrito no necesariamente tiene que estar totalmente pagado el día de la constitución. Los estatutos pueden establecer la forma y el plazo de pago dentro de los límites previstos por la legislación aplicable.

Ejemplo ilustrativo de capital de una SAS

Para entender la diferencia, una sociedad podría estructurarse de esta forma:

  • Capital autorizado: $100.000.000.
  • Capital suscrito: $20.000.000.
  • Capital pagado al constituirse: $10.000.000.
  • Saldo pendiente por pagar: $10.000.000.

Estas cifras son únicamente un ejemplo pedagógico para explicar la diferencia entre los tres conceptos. No constituyen una recomendación sobre cuánto capital debe tener una empresa.

El capital real debe definirse según las necesidades del negocio, la capacidad de los accionistas, las inversiones previstas y la estructura societaria.

Paso 5. Redacta el documento de constitución y los estatutos

El documento de constitución de una SAS debe contener la información exigida por la Ley 1258 de 2008.

Entre otros aspectos, normalmente deberá establecer:

  • Identificación y domicilio de los accionistas.
  • Denominación o razón social.
  • Domicilio principal.
  • Duración de la sociedad.
  • Actividades u objeto social.
  • Capital autorizado, suscrito y pagado.
  • Clase, número y valor nominal de las acciones.
  • Forma y plazo de pago.
  • Forma de administración.
  • Identificación de los administradores.
  • Facultades del representante legal.
  • Nombramientos correspondientes.

Pero los estatutos no deberían utilizarse únicamente para cumplir un requisito de registro.

También pueden regular situaciones que posteriormente pueden generar conflictos.

Cláusulas que conviene revisar con atención

Dependiendo de la sociedad, los estatutos pueden establecer:

  • Derecho de preferencia para adquirir acciones.
  • Restricciones para vender acciones.
  • Mayorías especiales.
  • Quórum para determinadas decisiones.
  • Facultades y límites del representante legal.
  • Creación de junta directiva.
  • Reglas para resolver bloqueos.
  • Exclusión de accionistas cuando jurídicamente corresponda.
  • Causales de disolución.
  • Mecanismos de solución de controversias.
  • Diferentes clases de acciones.
  • Reglas para ingreso de inversionistas.
  • Administración de conflictos de interés.

Los modelos estándar pueden resultar suficientes para determinadas sociedades sencillas.

Sin embargo, cuando existen varios accionistas, porcentajes similares, inversionistas, aportes diferentes o riesgos de desacuerdo, puede ser necesario adaptar las reglas al funcionamiento real del negocio.

Una vez registrada la sociedad, modificar estas condiciones puede requerir una reforma estatutaria.

Si estás preparando estatutos personalizados, conviene revisarlos antes de presentar el trámite.

REVISAR MIS ESTATUTOS ANTES DE REGISTRAR

Paso 6. Define si necesitas un acuerdo de accionistas

Los estatutos regulan la estructura fundamental de la sociedad, pero no necesariamente desarrollan todas las reglas privadas que los accionistas necesitan para trabajar juntos.

Un acuerdo de accionistas puede utilizarse para establecer, según el caso:

  • Responsabilidades operativas.
  • Compromisos de permanencia.
  • Dedicación de tiempo.
  • Confidencialidad.
  • Venta de acciones.
  • Derechos de preferencia.
  • Entrada de inversionistas.
  • Salida de accionistas.
  • Ejercicio del voto.
  • Distribución de funciones.
  • Manejo de bloqueos.
  • Consecuencias de determinados incumplimientos.
  • Reglas para valorar acciones.

La Ley 1258 reconoce los acuerdos relacionados con la compra y venta de acciones, preferencias, restricciones, ejercicio del voto y otros asuntos lícitos, bajo las condiciones establecidas legalmente.

Si vas a crear la empresa con otras personas, consulta qué debe contener un acuerdo de socios para una SAS en Colombia.

Formalizar una empresa sin definir cómo se resolverán las diferencias puede trasladar el problema hacia el futuro.

Paso 7. Reúne los documentos necesarios

Los requisitos concretos pueden variar según la Cámara de Comercio, la ciudad y la modalidad utilizada.

Entre los documentos e información que pueden ser necesarios se encuentran:

  • Documento privado de constitución.
  • Estatutos.
  • Documentos de identidad.
  • Aceptaciones de cargos.
  • Formulario correspondiente del Registro Mercantil.
  • Información tributaria.
  • Información de las actividades económicas.
  • Datos del establecimiento de comercio cuando corresponda.
  • Correos y teléfonos de contacto.
  • Documentos relacionados con aportes especiales.
  • Formularios adicionales exigidos por el trámite.

La información debe coincidir en todos los documentos.

Revisa especialmente:

  • Nombre de la sociedad.
  • Identificaciones.
  • Dirección.
  • Capital.
  • Número de acciones.
  • Participaciones.
  • Representante legal.
  • Actividades económicas.
  • Correos de notificación.

Una inconsistencia puede provocar observaciones o devolución del trámite.

Paso 8. Define cómo realizarás la constitución

Según la Cámara de Comercio competente y las herramientas habilitadas, la constitución puede realizarse mediante diferentes canales.

Puede existir:

  • Constitución virtual.
  • Radicación electrónica.
  • Presentación presencial.
  • Integración con la Ventanilla Única Empresarial.

Constitución mediante modelos estándar

Algunas plataformas permiten diligenciar información y generar documentos estandarizados.

Esta alternativa puede resultar apropiada cuando:

  • Existe un solo accionista.
  • La estructura societaria es sencilla.
  • No se necesitan diferentes clases de acciones.
  • No existen acuerdos complejos entre inversionistas.
  • No se requieren reglas especiales de administración.
  • El modelo disponible refleja adecuadamente la operación.

Constitución con estatutos personalizados

Puede ser más apropiada cuando:

  • Existen varios accionistas.
  • La distribución accionaria puede generar bloqueos.
  • Participan inversionistas.
  • Se crearán diferentes clases de acciones.
  • Se necesitan límites para el representante legal.
  • Existen aportes diferentes al dinero.
  • Se requiere regular la salida de accionistas.
  • Existen activos de propiedad intelectual.
  • Se quieren establecer mayorías especiales.
  • La sociedad tendrá una estructura de gobierno particular.

Que un trámite sea fácil de registrar no significa necesariamente que la estructura creada sea la más adecuada para el negocio.

Paso 9. Firma y formaliza los documentos

Antes de la inscripción, el documento de constitución debe cumplir las formalidades de firma, autenticación o presentación aplicables al canal utilizado.

Dependiendo del mecanismo habilitado, el procedimiento puede involucrar:

  • Presentación ante la Cámara de Comercio.
  • Intervención notarial cuando legalmente corresponda.
  • Mecanismos de firma electrónica o digital habilitados.
  • Servicios virtuales disponibles para creación de empresas.

Los accionistas y las personas que sean nombradas en cargos deben completar las formalidades requeridas para el trámite correspondiente.

Paso 10. Presenta la solicitud ante la Cámara de Comercio

La constitución se registra ante la Cámara de Comercio correspondiente al domicilio principal de la sociedad.

Durante el control del trámite se verificará que la documentación cumpla los requisitos necesarios para su inscripción.

Pueden generarse observaciones cuando:

  • Falta información.
  • Existen inconsistencias en los capitales.
  • Las acciones no coinciden con los porcentajes.
  • Falta una firma.
  • No se ha aceptado un cargo.
  • Existe un problema con el nombre.
  • Las facultades del representante legal presentan contradicciones.
  • Los documentos contienen información diferente.
  • Faltan formularios o soportes.

Una devolución no necesariamente significa que la SAS no pueda constituirse.

Normalmente significa que existen aspectos que deben corregirse o completarse antes de realizar la inscripción.

Paso 11. Paga los derechos e impuestos aplicables

Crear una SAS implica determinados derechos registrales, impuestos y eventualmente otros costos asociados al trámite.

El valor no es igual para todas las sociedades.

Puede depender de factores como:

  • Activos declarados.
  • Características del capital.
  • Cámara de Comercio correspondiente.
  • Impuesto de registro aplicable.
  • Inscripción de establecimientos de comercio.
  • Libros que deban registrarse.
  • Certificados solicitados.
  • Necesidad de escritura pública.
  • Otros trámites asociados.

Por esta razón, no es recomendable utilizar un precio general como referencia para todas las SAS.

Los valores oficiales deben verificarse directamente mediante los sistemas de liquidación de la Ventanilla Única Empresarial o la Cámara de Comercio competente al momento de realizar el trámite.

Paso 12. Obtén el certificado de existencia y representación legal

Una vez inscrita la sociedad puedes obtener su certificado de existencia y representación legal.

Este documento permite verificar información como:

  • Existencia de la sociedad.
  • Razón social.
  • Domicilio.
  • Actividades registradas.
  • Capital.
  • Representante legal.
  • Facultades.
  • Nombramientos.
  • Estado de la matrícula.

La inscripción en el Registro Mercantil es especialmente importante porque es a partir de ella que la SAS adquiere personalidad jurídica distinta de sus accionistas.

Paso 13. Verifica el RUT y el NIT

Después de la constitución debes comprobar que la información tributaria de la empresa se encuentre correctamente registrada.

Verifica especialmente:

  • Razón social.
  • NIT.
  • Dirección.
  • Actividades económicas.
  • Responsabilidades tributarias.
  • Representante legal.
  • Correo.
  • Datos de contacto.

No conviene seleccionar responsabilidades tributarias sin comprender sus consecuencias.

La clasificación debe corresponder con las características reales de la empresa y de su actividad.

También deben revisarse las obligaciones posteriores relacionadas con información de beneficiarios finales cuando resulten aplicables.

Paso 14. Organiza la cuenta bancaria y las finanzas de la empresa

Una vez creada la sociedad conviene separar correctamente el patrimonio y los movimientos financieros empresariales de los personales.

Para abrir una cuenta empresarial, las entidades financieras pueden solicitar documentación como:

  • Certificado de existencia y representación legal.
  • RUT.
  • Estatutos.
  • Documento del representante legal.
  • Información sobre accionistas o beneficiarios.
  • Formularios de conocimiento del cliente.
  • Soportes relacionados con el origen de los recursos.

Los requisitos dependen de cada entidad financiera.

Separar las finanzas de la empresa de las personales ayuda a mantener una correcta organización contable, contractual y patrimonial.

Paso 15. Cumple las obligaciones posteriores a la constitución

Crear la SAS no significa que automáticamente la empresa esté lista para desarrollar cualquier actividad.

Dependiendo del sector y de la operación, puede ser necesario:

  • Habilitar facturación electrónica.
  • Revisar obligaciones tributarias nacionales y territoriales.
  • Tramitar permisos sectoriales.
  • Verificar uso del suelo.
  • Obtener registros sanitarios cuando correspondan.
  • Afiliar trabajadores al Sistema de Seguridad Social.
  • Implementar obligaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Preparar contratos laborales o de prestación de servicios.
  • Implementar políticas de tratamiento de datos personales.
  • Cumplir obligaciones contables.
  • Registrar libros cuando resulte necesario.
  • Cumplir obligaciones frente a beneficiarios finales.
  • Renovar anualmente la matrícula mercantil.
  • Mantener actualizado el RUT.
  • Tramitar licencias o registros especiales según la actividad.

También conviene organizar jurídicamente las relaciones con clientes, proveedores, distribuidores y aliados.

Antes de comenzar a firmar operaciones importantes, puedes revisar los principales tipos de contratos comerciales en Colombia.

¿Cuánto cuesta crear una SAS en Colombia?

No existe un precio único para constituir una SAS en Colombia.

El costo final depende de las características específicas de la sociedad y del trámite.

Entre los factores que pueden influir están:

  • Los activos declarados.
  • La estructura del capital.
  • La Cámara de Comercio competente.
  • El impuesto de registro aplicable.
  • La inscripción de establecimientos de comercio.
  • La inscripción de libros cuando corresponda.
  • La necesidad de escritura pública por determinados aportes.
  • Los certificados o actuaciones adicionales solicitados.
  • La complejidad de los estatutos.
  • El acompañamiento profesional que decidan contratar los accionistas.

Los derechos y tarifas oficiales pueden modificarse, por lo que deben consultarse al momento de realizar el trámite.

La Ventanilla Única Empresarial y las Cámaras de Comercio disponen de herramientas para consultar o liquidar los valores aplicables según la información concreta de cada sociedad.

Los honorarios por asesoría jurídica tampoco son iguales para todos los casos.

Una SAS con un único accionista y una estructura sencilla puede requerir un trabajo diferente al de una sociedad con varios accionistas, inversionistas, clases especiales de acciones, acuerdos particulares o estatutos personalizados.

Antes de pagar o presentar la constitución conviene revisar que el capital, las acciones y las facultades del representante legal estén correctamente definidos.

¿Necesitas saber qué estructura jurídica corresponde a tu empresa antes de registrarla?

REVISAR MI SAS ANTES DE REGISTRAR

¿Cuánto capital se necesita para crear una SAS?

La Ley 1258 de 2008 no establece un capital mínimo general para constituir una SAS.

El capital debe definirse teniendo en cuenta factores como:

  • Inversión inicial.
  • Gastos de operación.
  • Activos necesarios.
  • Participación de los accionistas.
  • Necesidades de financiación.
  • Obligaciones del negocio.
  • Posible entrada futura de inversionistas.

No es recomendable definir capitales únicamente para proyectar una imagen determinada frente a terceros.

La estructura debe responder a la realidad económica y societaria del negocio.

¿Cuánto tiempo tarda crear una SAS?

No existe un plazo único aplicable a todos los trámites de constitución.

El tiempo puede depender de:

  • Cámara de Comercio.
  • Canal utilizado.
  • Número de accionistas.
  • Firmas requeridas.
  • Calidad de los documentos.
  • Observaciones del registro.
  • Necesidad de documentos adicionales.
  • Características de los aportes.

Cuando la información está completa y no existen devoluciones, la inscripción puede avanzar en pocos días hábiles.

Sin embargo, estructurar correctamente los estatutos y las relaciones entre accionistas puede requerir más tiempo que el registro mismo.

¿Se puede crear una SAS por internet?

Existen Cámaras de Comercio y ciudades en las que es posible adelantar la creación mediante herramientas virtuales y la Ventanilla Única Empresarial.

Dependiendo del servicio disponible, el procedimiento puede permitir:

  • Diligenciar información en línea.
  • Generar documentos.
  • Firmar mediante mecanismos habilitados.
  • Realizar pagos.
  • Consultar el estado del trámite.
  • Obtener información de registro.

Sin embargo, un modelo virtual estándar no necesariamente es adecuado para todas las sociedades.

Puede resultar insuficiente cuando:

  • Se necesitan estatutos personalizados.
  • Participan varios accionistas con reglas especiales.
  • Existen inversionistas.
  • Hay accionistas extranjeros.
  • Se aportarán determinados bienes.
  • Se crearán diferentes clases de acciones.
  • Se necesita una estructura especial de control.
  • Existen acuerdos particulares de inversión.
  • Se requieren restricciones o mayorías específicas.

Errores frecuentes al crear una SAS

Copiar estatutos sin entenderlos

Un modelo puede cumplir formalmente los requisitos de registro y aun así ser inadecuado para el funcionamiento del negocio.

Confundir razón social y marca

Registrar el nombre ante Cámara de Comercio no sustituye un registro de marca.

Definir mal el capital

Capital autorizado, suscrito y pagado cumplen funciones diferentes.

Dividir las acciones 50/50 sin reglas para resolver bloqueos

Una distribución igualitaria puede funcionar, pero conviene prever qué sucede cuando los accionistas no logran ponerse de acuerdo.

Dar facultades demasiado amplias al representante legal

Las atribuciones deben corresponder a la forma en que los accionistas quieren administrar y controlar la sociedad.

No preparar un acuerdo entre accionistas

Los estatutos no necesariamente regulan todas las responsabilidades operativas y situaciones privadas entre socios.

Seleccionar códigos CIIU incorrectos

La clasificación debe corresponder a la actividad realmente desarrollada por la empresa.

Mezclar dinero empresarial y personal

Una sociedad debe mantener organización y trazabilidad sobre sus recursos.

No documentar correctamente los aportes

Debe existir claridad sobre lo que cada accionista se comprometió a aportar y lo que efectivamente ha pagado.

Pensar que la SAS elimina toda responsabilidad personal

La limitación de responsabilidad no significa que cualquier actuación quede protegida.

Existen excepciones legales y situaciones en las que determinadas conductas pueden generar responsabilidad.

Olvidar las obligaciones posteriores

Después del registro aparecen obligaciones mercantiles, tributarias, laborales, contables y sectoriales que dependen de la actividad desarrollada.

¿Cuándo conviene contratar asesoría jurídica para crear una SAS?

El trámite puede realizarse directamente en muchos casos.

Sin embargo, resulta especialmente importante revisar la estructura jurídica cuando:

  • Participan varios accionistas.
  • La participación será 50/50.
  • Un accionista aporta dinero y otro trabajo.
  • Entrará un inversionista.
  • Se aportará software, una marca u otros activos de propiedad intelectual.
  • Se necesitan diferentes clases de acciones.
  • Habrá restricciones para vender acciones.
  • Se requieren mayorías especiales.
  • El representante legal tendrá límites específicos.
  • Existen aportes de bienes.
  • Participan accionistas extranjeros.
  • El negocio tiene requisitos regulatorios particulares.
  • Se necesitan contratos comerciales relevantes.
  • Es conveniente preparar un acuerdo de accionistas.
  • Los accionistas no tienen claras sus responsabilidades.

La asesoría jurídica no debería limitarse a diligenciar un formulario.

El objetivo es estructurar una sociedad que pueda funcionar cuando haya que tomar decisiones importantes, incorporar inversionistas, resolver diferencias o modificar la composición accionaria.

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Checklist para crear una SAS en Colombia

Antes de presentar el registro revisa que tengas definido:

  • Nombre consultado.
  • Revisión de posibles conflictos marcarios.
  • Identificación de accionistas.
  • Domicilio principal.
  • Actividades económicas.
  • Códigos CIIU.
  • Objeto social.
  • Capital autorizado.
  • Capital suscrito.
  • Capital pagado.
  • Número de acciones.
  • Valor nominal.
  • Participación de cada accionista.
  • Plazo de pago de aportes.
  • Representante legal.
  • Facultades del representante legal.
  • Reglas de reuniones.
  • Mayorías.
  • Restricciones para venta de acciones.
  • Estatutos.
  • Acuerdo de accionistas, cuando corresponda.
  • Aceptaciones de cargos.
  • Documentos de identidad.
  • Formularios requeridos.
  • Información tributaria.
  • Firmas necesarias.

Preguntas frecuentes sobre cómo crear una SAS en Colombia

¿Una sola persona puede crear una SAS?

Sí.

La SAS puede ser constituida por una sola persona natural o jurídica.

También puede tener varios accionistas.

¿Necesito un socio para constituir una SAS?

No.

La Ley 1258 permite que una SAS se constituya mediante acto unilateral cuando existe un único accionista.

¿Necesito abogado para crear una SAS?

No existe una obligación general de contratar abogado para constituir cualquier SAS.

Sin embargo, la asesoría jurídica puede ser especialmente útil cuando existen varios accionistas, inversionistas, aportes especiales, estatutos personalizados, restricciones sobre acciones o reglas particulares de administración.

¿Necesito contador para crear una SAS?

No necesariamente para realizar el acto jurídico de constitución.

Sin embargo, antes de iniciar operaciones es conveniente revisar las obligaciones tributarias, actividades económicas, facturación y estructura contable de la empresa.

¿Cuál es el capital mínimo para una SAS?

La Ley 1258 no establece un capital mínimo general para constituir este tipo de sociedad.

El capital debe corresponder a las características y necesidades reales de la empresa.

¿Debo pagar todo el capital inmediatamente?

No necesariamente.

Los estatutos pueden establecer el plazo para pagar las acciones suscritas dentro de los límites establecidos por la ley.

¿Una SAS puede tener duración indefinida?

Sí.

La legislación permite establecer duración indefinida.

¿Una SAS necesita junta directiva?

No necesariamente.

Puede existir si los estatutos deciden establecerla.

¿Una SAS debe tener representante legal?

Sí.

La sociedad debe contar con representación legal en los términos previstos en sus estatutos.

¿Una SAS necesita revisor fiscal?

No todas las SAS están obligadas a tener revisor fiscal.

La obligación depende del cumplimiento de los supuestos establecidos por la legislación aplicable o de situaciones especiales de la sociedad.

¿Una SAS debe constituirse en notaría?

Generalmente puede constituirse mediante documento privado.

Sin embargo, existen situaciones en las que los bienes aportados o las características del acto pueden exigir escritura pública u otras formalidades.

¿Registrar la SAS protege la marca?

No.

El registro mercantil y el registro de marca son procedimientos jurídicamente distintos.

¿Puedo crear una SAS virtualmente?

Sí, cuando la Cámara de Comercio competente y las plataformas habilitadas ofrecen ese servicio y la sociedad cumple las condiciones necesarias para utilizarlo.

¿Cuánto cuesta crear una SAS?

No existe una tarifa única para todas las sociedades.

El valor puede depender de activos, derechos registrales, impuestos, establecimientos, libros, formalidades y otros trámites relacionados.

Los valores oficiales deben verificarse en los sistemas de liquidación disponibles al momento de realizar la constitución.

Los honorarios de asesoría jurídica, cuando se contraten, dependerán del alcance y complejidad del trabajo requerido.

¿Qué ocurre si la Cámara de Comercio devuelve el trámite?

Debes revisar la nota u observación emitida, corregir los documentos o completar la información requerida y volver a presentar el trámite de acuerdo con las instrucciones correspondientes.

¿Debo renovar la matrícula mercantil después de crear la SAS?

Sí.

Las sociedades matriculadas deben cumplir con la renovación de su matrícula mercantil dentro del periodo legal correspondiente.

Crea tu SAS con reglas claras desde el comienzo

Registrar una Sociedad por Acciones Simplificada puede ser relativamente sencillo.

Lo verdaderamente importante es determinar cómo funcionará después de ser creada.

Antes de presentar el trámite conviene definir:

  • Quiénes serán los accionistas.
  • Qué aportará cada uno.
  • Qué porcentaje tendrá cada persona.
  • Cómo se tomarán las decisiones.
  • Quién administrará la empresa.
  • Qué límites tendrá el representante legal.
  • Qué ocurrirá cuando un accionista quiera retirarse.
  • Cómo se podrán vender las acciones.
  • Cómo ingresarán nuevos inversionistas.
  • Cómo se resolverán los desacuerdos.

Muchos conflictos societarios no comienzan porque la empresa haya sido mal registrada, sino porque los accionistas nunca acordaron qué sucedería cuando sus intereses dejaran de coincidir.

Si necesitas revisar los accionistas, los estatutos, la distribución de acciones o un acuerdo entre socios antes de registrar la empresa, puedes solicitar una valoración con el área de Derecho Comercial de ANUBI Abogados.

HABLAR CON LAURA SOBRE MI SAS

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